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COE Nacional elimina el aislamiento preventivo obligatorio para los viajeros internacionales que ingresen al país con una prueba PCR negativa

Por el agosto 18, 2020
  • La disposición sienta las bases para la recuperación de la actividad del transporte aéreo y del turismo.
  • Las medidas sanitarias implementadas en los aeropuertos internacionales han demostrado su eficacia, factor clave para esta decisión.

Los viajeros internacionales que arriben al país por vía aérea presentando una prueba PCR para Covid negativa ya no deberán realizar el aislamiento preventivo obligatorio. Así lo decidió, la tarde del viernes 14 de agosto, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional. Esta medida que abre las puertas a los viajes de turismo hacia el país. La prueba deberá haber sido realizada dentro de los 10 días previos al ingreso al país. No se admiten pruebas rápidas.

El protocolo aprobado establece además que los pasajeros que no presenten una prueba negativa a su arribo al país, sí deberán realizar el aislamiento preventivo obligatorio. Si el pasajero desea, puede realizarse una prueba PCR, a su costo, utilizando los servicios de un laboratorio acreditado por la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud (ACESS). En caso de que la prueba PCR sea negativa, la persona podrá dejar el aislamiento.

Andrew O’Brian, presidente y director general de Corporación Quiport, manifestó que “esta decisión permitirá iniciar la reactivación del turismo en el país e incrementar el tráfico de pasajeros y el servicio de transporte aéreo. Las medidas sanitarias implementadas en los aeropuertos han demostrado su eficacia y, con un resultado negativo de una prueba PCR, las personas que ingresan al país podrán realizar sus actividades sin inconvenientes. Sin duda es un gran paso adelante para seguir trabajando a fin de superar la crisis económica”, y agradeció a todas las personas y entidades que trabajaron en la elaboración y aprobación de este protocolo. “Todos los sectores involucrados: autoridades de turismo, aeropuertos, aerolíneas, hoteles y todos los prestadores de servicios turísticos hicimos valiosos aportes; el nuevo protocolo es una realidad”, sostuvo el directivo.

Para las personas que salgan desde el Ecuador en un viaje internacional corto, el protocolo señala que, si el pasajero presenta al momento de salir del país una prueba PCR negativa emitida como fecha máxima 10 días antes del viaje y retorna al Ecuador antes de que se cumplan los diez días, no deberá realizar el aislamiento preventivo obligatorio a su retorno.

“Confiamos en que la recuperación del transporte aéreo, y de todas las actividades que dependen del mismo, pueda avanzar con mayor firmeza gracias a estas nuevas disposiciones”, concluyó Andrew O’Brian.

Fuente: https://www.aeropuertoquito.aero/es/noticias-del-aeropuerto/585-coe-nacional-elimina-el-aislamiento-preventivo-obligatorio-para-los-viajeros-internacionales-que-ingresen-al-pais-con-una-prueba-pcr-negativa.html?fbclid=IwAR1mBkOW5Clco70MgNwafnRMcK78q1RkpAI51Q3GaqMrZhu9hgTa5L59AxE

Resoluciones COE Nacional 15 de agosto 2020

El COE Nacional, en sesión permanente del sábado 15 de agosto de 2020, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:

1. Aprobar las modificaciones al “Protocolo para el ingreso al país vía aérea, permanencia y salida de aislamiento preventivo obligatorio”, actualizado y validado en conjunto por el Puesto de Mando Unificado –PMU-, así como por
los Ministerios de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Salud Pública, Gobierno, Transportes y Obras Públicas, Turismo, Inclusión Económica y Social, Servicio Nacional de Riesgos y Emergencias y la Policía Nacional; mismo que entrará en vigencia desde el 15 de agosto del año en curso , en los términos generales siguientes:

  • a) Viajero que ingrese con prueba RT-PCR negativa con una vigencia de hasta diez (10) días antes de su ingreso al país y sin síntomas al arribo; esta persona no deberá realizar APO y su circulación podrá ser libre en el
    territorio ecuatoriano continental.
  • b) Viajero que ingrese sin prueba RT-PCR: el viajero que no cuente con una prueba RT-PCR negativa a su ingreso al país, pasará inmediatamente a cumplir Aislamiento Preventivo Obligatorio (APO) en los alojamientos
    temporales indicados en el protocolo, podrá realizarse una prueba RT-PCR, a su costo en los laboratorios autorizados por el ACCESS y cumplir el APO en un alojamiento temporal hasta la entrega del resultado negativo. Con un resultado negativo el viajero terminará su APO y con un resultado positivo deberá continuar en APO en el alojamiento temporal y se brindará la atención de salud necesaria de acuerdo con su cuadro clínico. De no optar por realizarse la prueba RT- PCR, deberá terminar el APO en el alojamiento temporal por un periodo de 10 días.

Estas regulaciones están en constante revisión y sujetas a modificaciones, de conformidad con el comportamiento y avance de la COVID – 19 en el país y el mundo. Documento disponible en:
https://www.gestionderiesgos.gob.ec/wp-content/uploads/2020/08/PROTOCOLO-PMU-COE-PIVAPSAPO-verion-2.0.pdf

Fuente: https://www.gestionderiesgos.gob.ec/resoluciones-coe-nacional-15-de-agosto-2020/

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